Hay casos de casos y son muchas las cosas que se escuchan, hay personas que salen por la Unión Europea con sus permisos de residencia vencidos y no tienen problemas, otros no corren con la misma suerte, pero después de aclarar o contratar un buen abogado los dejan retornar al país donde están haciendo el trámite de residencia sin problema. No obstante, nuestra recomendación para evitar un viaje dónde se pregunte constantemente “¿será que tendremos problemas?”, “¿será que nos dejan entrar al país que vamos?” “¿será que nos volverán a dejar entrar, es sacar la autorización de regreso, un documento súper fácil que se solicita en la oficina de Migración de tú localidad. Para ello necesitarás:
1.- Solicitud (modelo oficial gratuito, Ex-08: Solicitud de Autorización de Regreso), debidamente cumplimentado en todos los apartados, a máquina o con letra mayúscula. Un impreso por cada solicitud (llevar original y copia).
2.- Pasaporte en vigor. Original y fotocopia.
3.- Original de la tarjeta de identidad de extranjero (T.I.E.), que debe estar caducada.
Nota: Excepcionalmente podrá presentarse la solicitud de autorización de regreso sin que haya caducado aún la T.I.E., cuando se acredite debidamente la concurrencia de una situación excepcional que le exige salir del territorio español y retornar con posterioridad a la pérdida de vigencia de la tarjeta de identidad de extranjero.
4.- Resguardo de la solicitud de renovación. Original y fotocopia.
Nota: La validez máxima de la Autorización de Regreso es de 90 días desde la fecha de expedición (art. 18 del R.D. 2393/2004, de 11 de enero).
La expedición de la autorización de regreso comporta el pago de una tasa de 10 euros. El impreso para hacer efectivo el pago de la tasa le será entregado en el momento en que presente la solicitud de autorización de regreso. Una vez abonada la misma deberá regresar nuevamente a la oficina para entregar el justificante de pago y recoger el documento de autorización de regreso.
Si la solicitud de autorización de regreso se formula a favor de un menor de edad deberá presentar dicha solicitud personalmente la persona física que figure como reagrupante del menor.
Nota: este trámite en Santiago de Compostela se demora aproximadamente 10 días, así que tenga en cuenta esto al momento de realizar la solicitud.
Modificado el ( martes, 25 de mayo de 2010 )
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